El artículo 42.7 del Tratado de la UE establece que si un
Estado Miembro es víctima de agresión armada en su territorio, el resto de
Estados tienen la obligación de ayudar y asistir a través de todos los medios a
su alcance.
Quién mandaría ese ejército unido es una de las cuestión a resolver. Pero su comandante informaría al Consejo
de la UE, tal como se concibió para los Grupos de Combate: y para su
defensa, no para su despliegue en el extranjero.
La Viña del Arlequín Y La Sorpresa Digital
WERFEN, Austria
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por opinar.